Convivencia Escolar

El encargado de convivencia escolar en chile: hacia la comprensión de su identidad laboral

4 Mayo, 2020

El documento que compartimos corresponde a una investigación que se  enmarca en el Proyecto FONDECYT y CIE “Políticas y prácticas de apoyo a la convivencia escolar en ambientes punitivos, segregados y de high-stakes testing: el caso de Chile”. El tema que se aborda en la investigación refiere a la identidad laboral que posee el encargado de convivencia escolar en el mencionado país. La Ley N° 20.5362 sobre Violencia Escolar, promulgada en Chile el año 2011, establece de manera obligatoria para todos los establecimientos con reconocimiento oficial del Estado, la figura de un Encargado de Convivencia Escolar, sin embargo no define un perfil, funciones específicas, ni horas de trabajo para el cargo. Cabe señalar, que esta publicación es anterior a la promulgación de la nueva Política Nacional de Convivencia Escolar del año 2019, en la que sí se definen las características, roles y funciones de este cargo, aunque de forma bastante general.

De acuerdo con lo que se establece actualmente en la nueva Política Nacional de Convivencia Escolar en Chile, la relevancia que esta materia ha ido cobrando se ha traducido en un marco legal y en una serie de políticas educacionales que buscan normar, resguardar y orientar la gestión de los procesos y circunstancias relacionadas con la convivencia, con un énfasis especial en la formación para la buena convivencia y en la prevención de la violencia. El impacto de la convivencia en los aprendizajes y en el bienestar socioemocional de los estudiantes y demás miembros de la comunidad, está documentado en numerosas investigaciones. Esto es especialmente relevante en el contexto escolar, porque se espera que en la institución educativa se ejerza una influencia formativa, intencionando el aprendizaje de los modos de convivir que la política de convivencia fomenta y el desarrollo socioemocional requerido para participar de esos modos

Entre los aspectos relevantes que se señalan respecto del Encargado de Convivencia Escolar se establece que el cargo debe ser asumido por un docente o profesional del área psicosocial. Algunas de las funciones claves que se definen para el cargo son: coordinar el equipo de Convivencia Escolar;  coordinar y monitorear el diseño e implementación del Plan de Gestión de Convivencia Escolar y revisión y actualización del Reglamento Interno; informar de las actividades del Plan de Gestión al Consejo Escolar e incorporar las medidas propuestas por éste; fortalecer y desarrollar estrategias para prever y abordar situaciones de violencia escolar; promover e informar los lineamientos preventivos y formativos de la convivencia escolar; promover la participación de los distintos actores en la convivencia escolar; participar de reuniones de trabajo y coordinación con equipo directivo o de gestión para garantizar la articulación del Plan de Gestión de Convivencia Escolar con el resto de la gestión institucional; atender a estudiantes, padres, madres y/o apoderados, que presentan necesidades y/o dificultades específicas en su participación en la convivencia; desarrollar junto al equipo de convivencia escolar actividades en formato taller y/o capacitaciones a docentes, asistentes de la educación, estudiantes, padres y apoderados; asistir a reuniones convocadas por Encargado Comunal de Convivencia Escolar.


Valenzuela, Jaime; Ahumada, Iván; Rubilar, Andrea; López, Verónica; Urbina, Carolina (2018) El encargado de convivencia escolar en Chile: hacia la comprensión de su identidad laboral. Revista de Psicología vol.36 no.1. Lima, Perú. Recuperado de scielo.org.pe
 

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