Políticas de inclusión educativa en Chile: tres nudos críticos
El documento que destacamos en esta oportunidad, trata sobre algunos nudos críticos que se detectan en las políticas de inclusión educativa en Chile. Esto en el entendido de que Chile se ha propuesto como meta avanzar hacia el derecho a una educación inclusiva y de calidad, propósito trazado luego de haber superado los desafíos referidos a cobertura, gracias a la implementación de políticas de obligatoriedad y un sistema de financiamiento vía subvención a la demanda condicionada a la matrícula y asistencia. En este artículo, se identifican y analizan tres nudos críticos que afectan las posibilidades de realizar esta meta: una tensión entre la lógica de la integración e inclusión educativa; un modelo basado en el mercado que no considera los valores públicos; y una nueva arquitectura educacional, basada en la lógica de la rendición de cuentas individual, que coloca la posibilidad de mejoramiento educativo en sistemas de incentivos individuales atados al logro de pruebas de alto rendimiento.
Chile ha decidido avanzar hacia el derecho a una educación inclusiva de alta calidad. La Ley de Inclusión Escolar promulgada el 2015, regula la admisión de los estudiantes chilenos, elimina el financiamiento compartido y excluye a las instituciones educativas con fines de lucro de la lista de instituciones elegibles para recibir contribuciones del Estado; y la Ley de Ciudadanía, el Proyecto de Ley de Educación Pública y el Proyecto de Educación Superior son consistentes con el derecho a una educación inclusiva y de calidad. La Ley General de Educación (LGE) del año 2009, en su Artículo 4, párrafo 2 declara: “Es deber del Estado garantizar a todos los estudiantes una educación de calidad inclusiva”. Sin embargo, en esta ley, el alcance de este concepto se limitó a la situación de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE): “Es también deber del Estado promover las condiciones necesarias para que el acceso y la retención de estudiantes con necesidades educativas especiales se generen en establecimientos de educación regular o especial, según los intereses del niño o tutor.”
Las cifras oficiales internacionales le otorgan a Chile liderazgo a nivel de América Latina en lo que a cobertura se refiere. No obstante, los efectos de la obligatoriedad han significado la incorporación de estudiantes que anteriormente no estaban en la escuela, que representan una dificultad para los profesores, pues provienen de estratos socioeconómicos más bajos y/o presentan una serie de necesidades y comportamientos que hacen cada vez más difícil mantener una enseñanza frontal y una planificación para un estudiante “promedio”. Por otra parte, cabe hacer notar que el sistema de provisión mixta que se implementa, con un sistema de financiamiento público indirecto, por vía de una subvención a la demanda o voucher que se entrega a la escuela, ha introducido dos importantes efectos que generan segregación del sistema escolar: por un lado, la posibilidad de “falsear” los registros de asistencia; y por otro, los efectos que ocurren cuando las escuelas privadas con subvención estatal buscan mantener a los estudiantes académicamente más ventajosos y de mayor capital sociocultural.
López, V., González, P., Manghi, D., Ascorra, P., Oyanedel, J. C., Redón, S., Leal, F., Salgado, M. (2018). Políticas de inclusión educativa en Chile: Tres nudos críticos. Archivos Analíticos de Políticas Educativas, 26(157). Recuperado de epaa.asu.edu. Este artículo forma parte del número especial, Políticas de Inclusión y Extensión de la Obligatoriedad Escolar, editado por Nora Gluz, Dalila Andrade Oliveira, y Cibele Rodrigues.